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ACUERDO DE LICENCIA

El autor de la bitácora personal http://ubuntuentoluca.blogspot.com (en adelante el cedente) declara ser el único titular de los derechos de propiedad intelectual sobre los contenidos de este blog y/o tener cedidos los derechos de los legítimos titulares de los derechos, y cede a usted (en adelante el cesionario) de forma NO EXCLUSIVA, a TÍTULO ONEROSO por un periodo de la duración de los derechos patrimoniales y ámbito mundial:

  • El derecho de reproducción sobre los contenidos de este blog; en consecuencia, usted es libre de copiar y/o fijar en cualquier soporte total o parcialmente los contenidos de este blog para uso privado y sin ánimo de lucro.
  • El derecho de distribución de los contenidos de este blog; en consecuencia, usted es libre de entregar copias de los contenidos de este blog en cualquier soporte, siempre que ésta se realice en el ámbito privado y sin ánimo de lucro.
  • El derecho de comunicación pública de los contenidos de este blog a una pluralidad de personas; en consecuencia usted puede poner a disposición del público en general los contenidos de este blog, siempre que lo haga en el ámbito privado y sin ánimo de lucro.
  • El derecho de transformación de los contenidos de este blog, para usos no comerciales; en otro caso la cesión del derecho de transformación quedará limitada a los supuestos previstos por la normativa vigente en materia de derechos de autor.

En consecuencia:

Vd. puede

  1. Copiar, distribuir y comunicar de forma pública los contenidos de este blog. De forma parcial o total, permanente o provisional, por medios alámbricos o inalámbricos, en cualquier soporte, respetando los derechos morales del cedente, y siempre que se realice en el ámbito privado y sin ánimo de lucro.
  2. Citar los contenidos de este blog para análisis, comentario o juicio crítico y/o como tema de actualidad.
  3. Realizar obras derivadas, siempre y cuando vd. acepte destinar la obra derivada exclusivamente a usos no comerciales.

Vd. no puede

  1. Atribuirse la autoría sobre los contenidos de este blog ni modificar, contra la voluntad del autor, el modo en que éste se ha atribuído la autoría.
  2. Realizar actos que supongan atentado contra la integridad de la obra.
  3. Impedir la modificación de la obra original por parte del autor.
  4. Impedir al autor retirar la obra del comercio (previa indemnización, en su caso).
  5. Realizar obras derivadas para usos comerciales sin autorización del autor.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Federal de Derechos de autor, se fija una remuneración no dineraria consistente en la obligación de enlazar esta bitácora durante un periodo de tiempo no inferior a 10 días desde el sitio web/ url del aceptante (vd.).

El cedente se reserva todos los derechos morales sobre los contenidos de este blog, así como los derechos económicos que pudieran corresponderle por la comunicación o transmisión pública..

La no aceptación de este contrato le obliga a usar este contenido conforme a la legislación de derechos de autor del titular de los derechos.

Este ACUERDO DE LICENCIA, depositado en el tercero de confianza Coloriuris A.I.E. , o la url asociada, debe acompañar a toda copia de la obra.

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