
El inicio de 2022 ha estado marcado por la inminente necesidad de implementación en las empresas de los llamados Canales de denuncia.
La Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de las personas que informen infracciones del Derecho de la Unión obliga, tanto a empresas públicas como a las privadas, a la creación de Canales de denuncia internos como mecanismos de control tanto respecto de prevención y reacción ante la comisión de ilícitos (prevención de blanqueo de capitales, corrupción en los negocios, tráfico de influencias, cohecho, conflictos de interes, fraude a Hacienda Pública y Seguridad Social, fraude en subvecnciones, etc), como de cualquier actuación contraria a los principios éticos y compromisos empresariales (en materia de derechos de los trabajadores, sostenibilidad y medioambiente, liderazgo, protección de la intimidad, protección de secretos empresariales, seguridad de la información, etc).
Esta Directiva, comúnmente llamada Directiva Whistleblowers, configura los Canales de denuncias como un mecanismo esencial que debe existir en el seno de cada empresa de más de 50 trabajadores, como canal de comunicación de incidencias e irregularidades.
La transposición en España de esta Directiva estaba prevista para antes del 17 de diciembre de 2021. Sin embargo, no ha sido hasta el pasado 4 de marzo de 2022 cuando el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción. Este Anteproyecto en marcha establece un plazo máximo de tres meses, con excepciones, a partir de su entrada en vigor para aquellas empresas obligadas a contar con un Canal de denuncias.
Canal de denuncias certificado de Coloriuris.
Coloriuris pone a tu disposición su Canal de denuncias certificado y en cumplimiento con los requisitos del código de buen gobierno de la CNMV, del artículo 31 Bis 5) del Código Penal, así como de las cláusulas 9.1.3 y 10.1.2 de la Norma ISO 19600 y la circular 1/2016, de la Fiscalía General del Estado y, sobre todo, con lo establecido en el Capítulo II de la Directiva comunitaria.
No solo será de obligatorio cumplimiento, sino que su implantación es recomendable a todo tipo de empresas como instrumento eficaz para conocer la existencia de irregularidades y poder llegar a atenuar la responsabilidad penal de la empresa.
Además, se trata de una medida práctica que también permite:
- tomar el control sobre todo lo que sucede dentro de la empresa,
- demuestra respeto hacia una cultura de cumplimiento normativo,
- genera valor y ahorros en la organización de tu empresa.
Colaboración con expertos en compliance y derecho tecnológico, para la gestión del Canal de denuncias

Fruto de la alianza de Coloriuris con expertos en compliance, ofrecemos la solución completa a las empresas que, careciendo de un departamento propio de cumplimiento normativo, se vean inmersas en la obligación, necesidad u oportunidad de acometer este cambio normativo en su organización.
Para ello, nuestros partners, formados por equipos expertos en gestión de riesgos y cumplimiento corporativo, colaboran en la elaboración del procedimiento de gestión del Canal de denuncias e instrucciones web del Canal de denuncias de Coloriuris.
Asimismo,nuestros partnersofrecen la gestión externa de las posibles denuncias, reclamaciones y consultas que se realicen a través del Canal de denuncias de Coloriuris, tanto para el sector público como para el sector privado; encargándose de la respuesta, investigación e informes precisos, en garantía del respeto de la confidencialidad y/o anonimato que debe ofrecer el Canal de denuncias implantado en tu organización.
Coloriuris aporta certeza, confianza y seguridad jurídica como prestador cualificado de servicios de confianza.
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