Creado al amparo de la Disposición Adicional Tercera de la Ley de Propiedad Intelectual Española (reforma de 22 de junio de 2006 ).
Fomento de la difusión de obras digitales.
El Gobierno favorecerá la creación de espacios de utilidad pública y para todos, que contendrán obras que se hallen en dominio público en formato digital y aquellas otras que sean de titularidad pública susceptibles de ser incorporadas en dicho régimen, prestando particular atención a la diversidad cultural española.
Estos espacios serán preferentemente de acceso gratuito y de libre acceso por sistemas telemáticos, mediante estándares de libre uso y universalmente disponibles. Asimismo, a estos espacios podrán incorporarse las obras cuyos autores así lo manifiesten expresamente.
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Coloriuris S.L. (R.M. Zaragoza - T - 3330, L - 0, F - 107, H - Z40193). B99091696; (ley 12/1991, 29 de abril). c/ Alfonso I, nº 23. Zaragoza.