Convivencia Pacífica
10 de Febrero de 2008 a las 15:18
Puntualizar sobre este detalle, para la evolución que demuestra ColorIURIS a nivel mundial suena algo trillado.
Sin embargo entendemos que es súmamente importante profundizar en esto, para los usuarios del sistema ColorIURIS en Argentina, sobretodo para los que se están sumando actualmente (que afortunadamente no son pocos).
Es perfectamente posible la convivencia para Sitios Web y Blogs entre el sistema y Creative Commons, y está evidenciado. Incluso para dar una muestra operativa de cómo está implementado voy a ingresar una imagen perteneciente al blog de Mauro Daino.
Este dato, nos obliga a realizar la pertinente aclaración, citando a la sección de Preguntas Frecuentes de ColorIURIS:
¿Es compatible una cesión de derechos ColorIURIS y una licencia Creative Commons en el mismo sitio web? ¿prevalece una sobre la otra? ¿actúan en ámbitos y/o jurisdicciones distintas?
ColorIURIS y Creative Commons no son incompatibles. Ante cualquier Tribunal de Justicia prevalecerá siempre un contrato aceptado por dos partes frente a una declaración unilateral de voluntad.
Sin embargo, si no existe aceptación, ni Creative Commons ni ColorIURIS permiten más usos que los que permita la legislación que sea de aplicación.

